Lineamientos para el uso eficiente de los Recursos Públicos

El día 07 de Diciembre de 2012 el Ejecutivo Federal promulgó el Decreto publicado en el DOF con fecha 10 de Diciembre del mismo año relativo a :"DECRETO QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS PARA EL USO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y EFICAZ DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, Y LAS ACCIONES DE DISCIPLINA PRESUPUESTARIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO, ASI COMO PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL"

Un documento que en teoría  regulará las acciones referentes a los gastos operativos de los Entes a los que les es aplicable, el gasto operativo, de administración o corriente; es aquel en terminos prácticos el que se ejerce para que la vida administrativa del Ente se realize día a día, desde los Salarios, Materiales y Suministros, Compras de Inversiones, etc. Y l documento antes descrito manifiesta las medidas que se se tendran (no optativo) que adoptar; para lo cual iniciamos con el ámbito de aplicación.

El decreto es aplicable a:

  1. Las dependencias de la Administración Pública Federal incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados.
  2. Presidencia de la República.
  3. Procuraduría General de la República.
  4. Las Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal.
  5. Algunas Instancias de Seguridad Nacional.

Medidas para establecer estructuras organizacionales y procesos eficientes.

  1. Las dependencias y entidades deberán elaborar un diagnóstico sobre la estructura orgánica con la que cuentas, sus procesos internos y el gasto de operación a su cargo. Y deberán entregar el diagnóstico a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a más tardar el último día hábil de abril de 2013.
  2. Con la información enviada la Secretaría de Hacienda y Crédito Público elaborará una reingenieria organizacional que permita la simplificación de procesos y la eliminación de funciones y programas que presenten duplicidades.
  3. A más tardar el último día hábil de agosto de 2013 se emitirá el programa de mediano plazo para promover la eficiencia y la eficacia en la gestión pública de la Administración Pública Federal.
  4. A más tardar el último día hábil de Noviembre de 2013 se firmarán a través de convenios de colaboración los compromisos relativos a las medidas e indicadores de desempeño e informar trimestralmente sobre los avances.
Medidas específicas en servicios personales.

  1. Reducción del 5% en sueldos y salarios para niveles medios y superiores.
  2. Abstención de la contratación de personal eventual y por honorarios, sólo en casos especiales.
  3. Cancelación las plazas de los puestos homólogos  a los de estructura que no esten justificados.
 

 Medidas específicas para reducir los gastos de operación.


  1. Prohibido imprimir libros y publicaciones que no tengan relación con la función de la dependencia.
  2. Reducción de gastos en conceptos de: fotocopiado, telefonía, vigilancia, mensajería y demás a través de las compras consolidadas.
  3. Sólo se podrán realizar aportaciones, donativos, cuotas y contribuciones a organismos internacionales (previstas en el presupuesto).
  4. Fomento a la captación de agua de lluvia, uso de páneles fotovoltaicos, separación y reciclaje de basura, azoteas verdes e instalaciones inteligentes.
  5. Correo electrónico en lugar de comunicaciones impresas.
  6. Uso obligatorio de la firma electrónica avanzada.
  7. Compartición de equipos de transporte y ahorro en costos de traslado.
  8. Conferencias a través de Internet.
  9. Reducción de uso de papel a través de formatos electrónicos.
  10. Desarrollo y en su caso adquisición de tecnologías de información.


Medidas generales:


  1. Promoción de las Licitaciones Públicas.
  2. Solicitar asesoría a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la contratación de Seguros y Soporte de Siniestros.
  3. La Comisipon Nacional para el Uso Eficiente de la Energía elaborará a más tardar el último día hábil de mayo de 2013, una propuesta para el uso racional de energía eléctrica en las dependencias y entidades.
  4. Abstención de adquisición de inmuebles sin la previa justificación costo-beneficio.
  5. Pagos de manera electrónica.
  6. Depuración de fideicomisos y mandatos públicos.
  7. Reutilización de recursos obtenidos de ahorros provenientes de las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria.
  8. Publicación en las páginas de Internet las medidas de austeridad y disciplina presupuestaria y el importe de los ahorros generados, de forma trimestral dentro del mes siguiente al cierre del trimestre de que se trate.
Para la ejecución de todo lo que contiene el decreto antes mencionado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá emitir a más tardar el 30 de Enero de 2013, los lineamientos para dar cumplimiento  http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5286179&fecha=30/01/2013 (que si lo leen es lo mismo que el decreto que dío origen y unos puntos adicionales, pero leanlo)

Como siempre atenta a sus opiniones
@clauivesopi

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