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LEY GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Hace exactamente un mes, se publicó en el DOF el decreto que expide la Ley General de Comunicación Social, la cual es reglamentaria del artículo 134 Constitucional relativo a la propaganda sea cual sea la modalidad bajo el concepto de Comunicación Social. Esta ley está estructurada jurídicamente en la jerarquía de “GENERAL” por lo cual los sujetos obligados son los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro Ente Público de los tres órdenes de gobierno. El primer tema a definir, que no está en la Ley en comento, es el significado de Comunicación Social, “La comunicación es el proceso y el resultado de comunicar : informar, dar a conocer, transmitir señales o tratar con una persona a través de la palabra escrita u oral. Social , por su parte, es aquello vinculado a la sociedad (una comunidad de individuos que comparten tradiciones y costumbres y que tienen ciertos objetivos en común)”.1 Algunas pr