2da. PARTE DE LA TERCERA REUNION CELEBRADA POR EL CONAC EL 19 DE JULIO DE 2013.
Esta es la segunda parte en donde comentaremos los documentos que nos faltan de la Tercera Reunión del CONAC celebrada el dia 19 de Julio del año en curso.
Norma de Información para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado en el DOF el 16 de mayo de 2013.
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La Federación, las Entidades Federativas y sus
respectivos entes públicos a más tardar
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Los Municipios y sus entes públicos a más tardar
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Integración automática del ejercicio presupuestario
con la operación contable
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30 de Junio de 2014
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30 de Junio de 2015
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Realizar los registros contables con base en las
Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio
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31 de Diciembre de 2014
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31 de Diciembre de 2015
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Generación en tiempo real de estados financieros
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30 de Junio de 2014
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30 de Junio de 2015
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Emisión de Cuentas Públicas en los términos
acordados por el Consejo
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Para la correspondiente a 2014
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Para la correspondiente a 2015
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Para la conciliación del Registro contrable con los bienes inmuebles si aplican los plazos señalados en el Acuerdo 1 realizado por el CONAC.
Respecto a la generación en tiempo real de estados financieros se señala que:
- Existen dos obligaciones, la generación de estados financieros en forma periódica y que la operación de los procesos administrativos deben generar un registro automático y por única vez, es decir en tiempo real.
- Los procesos administrativos de los Entes Públicos son los que deben operar en tiempo real, es decir que deben generar transacciones presupuestarias y contables de forma automática y por única vez.
Por lo que se refiere a la emisión de Cuentas Públicas en los términos acordados por el consejo se señala que:
- Para la información Contable y Presupuestaria que debe contener la Cuenta Pública, no es aplicable la nueva determinación de plazos a los que se refiere el Acuerdo 1.
- Para la información Programática, Análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal, programa económico anual, información organizada por dependencias y entidad; si le es aplicable la determinación de plazos a los que se refiere el Acuerdo 1.
- Para las cuentas públicas municipales no les es aplicable los plazos en lo que concierte a la información Contable y Presupuestaría que deba contener su cuenta pública, sólo la clasificación programática esta sujeta a los nuevos plazos aprobados en el Acuerdo 1.
- Para los municipios menores de 25,000 hab. deberán incluir en la cuenta pública 2015 lo establecido en el manual de contabilidad gubernamental del sistema simplificado básico y en el manual de contabilidad gubernamental del sistema simplificado general.
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